Héctor Reyes

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad las medidas cautelares aprobadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que en tutela preventiva prohíben al Presidente de la República cualquier expresión vinculada con temas electorales.


Esto, para cumplir con los principios de imparcialidad y neutralidad de los servidores públicos, en todo momento y aún antes del inicio formal del proceso electoral, apuntó.


"La medida consistente en una abstención de pronunciarse sobre temas electorales se justifica en el posible riesgo de afectar los principios constitucionales de los procesos electorales, aún cuando estos no hubiesen comenzado", señala la resolución del órgano jurisdiccional.


"La medida no se dictó sobre hechos futuros, de realización incierta, dada la posibilidad de la reiteración de la conducta, ya que en diversas ocasiones se ha conminado al Presidente a ceñirse al marco constitucional", añade la sentencia.


Las medidas preventivas aprobadas por la Comisión del INE ordenaron a AMLO abstenerse de pronunciamientos sobre temas electorales en cualquier modalidad.

Esto viene a colación después de las máximas autoridades electorales del País ordenaron el retiro de las expresiones vertidas por Andrés Manuel López Obrador en conferencias mañaneras, donde pidió el voto a favor de quienes apoyan las políticas de su Gobierno y apeló a sufragar en contra de opositores, esto ocurrió en el mes de mayo, cuando se resolvió por parte del  el Tribunal Electoral federal y el INE que el Presidente de la República vulnero la equidad de los comicios de Coahuila y Estado de México.

Las autoridades emitieron medidas cautelares para garantizar el cumplimiento de normas legales ordenando al Presidente no repetir las conductas violatorias.

La obligación como servidores públicos es respetar en todo momento, los principios de imparcialidad y neutralidad, se dijo en la resolución confirmada.


Las medidas se dictaron ante una denuncia del PAN por expresiones de Andrés Manuel López Obrador en la conferencia matutina del 26 de junio, en las que manifestó su apoyo a su partido, Morena, y descalificó a los partidos de Oposición.

Inconformes, la representación del Mandatario federal, del director de Cepropie y el coordinador de Comunicación Social, Jesús Ramírez, presentaron un recurso ante la Sala Superior, que derivó en desestimar sus alegatos y confirmar las medidas preventivas.


La Sala Superior rechazó que las medidas de tutela preventiva se relacionaran con hechos futuros de realización incierta, pues consideró que los antecedentes de violaciones anteriores del Mandatario dieron pie a esa resolución.


La comisión de Quejas del INE documentó expresiones electorales similares, indebidas, en las conferencias matutinas del 27 de marzo, 19 de abril; 9, 11, 15 y 24 de mayo.


Ya se le había dicho al Presidente que se abstuviera de ese tipo de expresiones, se apunta en la resolución y ahí están las consecuencias.


Con esto, sostienen los magistrados, se trata de evitar, además, daños irreparables en la contienda electoral del próximo año.

Hace tiempo, el Presidente expresó que está “prohibido prohibir", esto por la recomendación a los aspirantes presidenciales de no acudir a “medios reaccionarios y conservadores", aceptando que no podía prohibir eso, pero ahora sí en este caso, la ley es la ley.

Buen fin de semana, la frase: “Se paciente. Todo llega en el momento indicado”.