Francisco Tobías

Frutos secos y dátiles fue lo primero que los celtas entregaron como premio al inicio de cada año nuevo, dicho obsequio era llamado “eguinad”.

Desde el año de 1970 el aguinaldo es un derecho, siendo obligatorio su pago, por parte del patrón, según la Ley Federal del Trabajo, la cual establece en su articulo 87, que todo trabajador mexicano deberá de recibir un aguinaldo anual aquivalente a por los menos 15 dias de su salario. Existen patrones quienes hacen el pago del aguinaldo equivalente a más de los días enmarcados en la propia ley, bien por ellos. 

Generalmente creemos que que este derecho laboral es para todos los trabajadores formales en el sistema capitalista, sin embargo hay países como Estados Unidos o Chile, en los cuales los tabajadores no reciben por ley, este incentivo económico.

Este ingreso de los trabajadores mexicanos es de gran aliciente para la economía nacional, pues se logra el incremento de la demanda, por medio del consumo, generando a la vez una reactivación. Desafortunadamente 14.2 millones de trabajadores subordinados, no recibiran su aguinaldo, es decir el 36% del total de los trabajadores mexicanos.

Con gusto te comparto 5 recomendciones para que aproveches al máximo tu aguinaldo: primero, no compres cosas surperfluas, cosas inncesarias, dos debes de aprovechar para paga tus deudas, terecero reserva una cantidad para alguna contigencia o imprevisto, cuatro invierte, y cinco siendo la más importante, diviértete. Sí, es un premio por tu trabajo, es un derecho que te corresponde y debes de disfriturlo.

La misma ley del trabajo establece como fecha limite para el pago del aguinaldo por parte del patrón, el día 20 de diciembre.

Por cierto aquí en México al “bolo” conformado por frutas de temporada como naranjas, caña, tejocote y mandarinas era llamado “aguinaldo”. Ojalá algunos patrones no intenten ser muy retros en este derecho laboral.