Xavier Díez de Urdanivia

En medio de la franca, abierta y desafiante campaña para desprestigiar y someter a los jueces, que arreció fuertemente en días recientes, en vías de hecho se da ahora un paso más en el camino de limitar sus funciones, las que tanto incomodan a los dictadores.

Al finalizar la semana anterior se inició una reforma a la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que diga, en su artículo primero (único que se pretende reformar) lo siguiente:

“Artículo 1o. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá y resolverá con base en las disposiciones del presente título, las controversias constitucionales en las que se hagan valer violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación estará impedida para invalidar normas constitucionales o para realizar interpretaciones que restrinjan su validez, así como invalidar leyes con motivo de lo anterior. A falta de disposición expresa, se estará a las prevenciones del Código Federal de Procedimientos Civiles”.

La parte que como pegoste, mal puesto y sin ningún respeto por la más elemental sintaxis, es el que he puesto en negritas, sin otro fin que resaltarlo.

Bueno será recordar que actualmente está proceso una impugnación a la “prisión preventiva oficiosa”, que ofrece, hasta donde se ha desenvuelto la impugnación, características que cabrían bien en el supuesto prohibitivo que se pretende introducir.

Tiene lugar, además, cuando acaba de operarse, por la misma facción política, una burda maniobra para entregar, a plenitud, los controles de la seguridad pública al Ejército y, con ello, también su capacidad de interferir en la privacidad de las personas, pues la intención es que sea esa institución la que controle, además de las funciones que ha asumido, la internet.

Esto último, previsiblemente, será también impugnado por la vía de acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que según los iniciadores de la reforma, quedaría impedida de hacerlo.

Es un absurdo, porque esa facultad está en la constitución y los efectos que tendrá su ejercicio, también. Pretender que una ley secundaria, reglamentaria de la constitución para más, pudiera limitar facultades constitucionales puede ser fruto de la ignorancia, pero engendrado por una mala fe especialmente destructiva.

Es de esperarse que no pase de comisiones, sin llegar siquiera al pleno. Es la negación de un esfuerzo civilizatorio que más o menos reciente, que apenas ha empezado a rendir frutos.

Que curioso: Se esperaron al relajamiento propio de las “fiestas patrias” para lanzar su venablo, quizás esperando que pasara desapercibido.

Podría ser también que, de tan descabellado, se supusiera por los impulsores que no prosperaría, pero tal vez su interés no estuviera tanto en ello como en utilizar distractores -ya lo han hecho- mientras operan otras “transformaciones” más interesantes que atar a los jueces de manos. Hay varios temas, entre ellos el correspondiente al INE y la reforma electoral ¿Será moneda de cambio para desbaratar alianzas que no les convienen, como acaba de suceder? La maestría en el manejo de la consigna “divide y vencerás” es bien conocida.

Es curioso que tantas cosas se hayan conjuntado precisamente durante las “fiestas
patrias”.

Octavio Paz, en el Laberinto de la Soledad dice: “Cada año, el 15 de septiembre a las once de la noche, en todas las plazas de México celebramos la Fiesta del Grito (sic); y una multitud enardecida efectivamente grita por espacio de una hora, quizás para callar mejor el resto del año”.

Hay que permanecer en vigilia y nunca bajar la guardia, no sea que consigan los oscuros y tenebrosos depredadores imponer sus condiciones y conculcar, de una vez por todas, los vestigios de legitimidad que todavía quedan en el Estado mexicano.